¿Con qué documentación puedo votar? ¿Puedo ausentarme de mi trabajo para ir a votar? ¿Cuánto cobran los miembros de las mesas?…

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¿Qué se vota el domingo 28 abril?

El 28 de abril se votan las elecciones generales, es decir el Congreso y el Senado. Además, la Comunidad Valenciana ha adelantado las elecciones autonómicas para ese mismo día.

¿Puedo ausentarme de mi trabajo para ir a votar?

Aquellas personas que el próximo 28 de abril tengan jornada laboral sí tienen derecho a ausentarse del trabajo durante un tiempo determinado para acudir a depositar el voto, puesto que se trata de un derecho fundamental de todo ciudadano. Por supuesto, dichas horas también serán remuneradas.

¿En qué horario abren los colegios electorales?

Podrá votarse desde las 09.00 hasta las 20.00 del 28 de abril, pero si llegada esta hora queda algún ciudadano en el centro o su entrada se admitirá también su votación.

¿Con qué documentación puedo votar?

Solamente es necesario llevar alguno de los carnés que nos identifican: DNI, pasaporte, permiso de conducir siempre que incluya su fotografía.

¿Se puede votar con el DNI caducado? ¿Y con una fotocopia?

La Junta Electoral Central admite los DNI caducados, puesto que se utilizan únicamente para comprobar la identidad del votante. Sin embargo, siempre deben ser los originales; en ningún caso se aceptará una fotocopia.

¿Cómo se juntan los votos recibidos por correo y los presenciales?

A las 20 horas del 28 de abril, una vez recogidos todos los votos realizados físicamente, se añadirán todas las papeletas que se hayan recibido por correo. Para ello, se comprobará que las cartas incluyen el certificado de inscripción en el censo del votante, y que efectivamente está inscrito en esa mesa. Entonces, se procederá a introducir su voto en la urna con los demás, y se añadirá su nombre a la lista de votantes.

¿Cuánto cobran los miembros de las mesas?

Los miembros de las mesas recibirán una dieta de 65 euros. En el caso de los funcionarios y trabajadores por cuenta ajena, tienen también derecho a una reducción de cinco horas de su jornada laboral al día siguiente. Esto solo se aplicará a los suplentes en el caso de que lleguen a ocupar un puesto en la mesa.

 

 

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