Aquellas personas que, por el motivo que sea, no quieren apoyar a ningún partido en los comicios, se encuentran con tres posibilidades: votar en blanco, nulo, o directamente no hacerlo (abstención), ¿cuáles son las diferencias?
- El nulo
El voto nulo se produce cuando dentro del sobre hay algún objeto o símbolo ‘de más’, es decir, cuando por ejemplo el sobre contiene más de una papeleta de dos candidaturas -si las dos son de la misma, se considera un voto válido-; cuando solo tiene una pero está marcada más de una vez o cuando en el sobre hay algún objeto o frase que no debería estar ahí.
El voto nulo se considera un voto «gamberro» y casi siempre es voluntario, pues la forma de votación española es muy simple, según explica a el profesor de Ciencia Política de la Universidad de Málaga, Manuel Arias. Estos votos se consideran como «voto emitido no válido» y no cuentan para realizar el reparto de escaños, por lo que no benefician ni perjudican a nadie.
- En blanco
En caso del voto en blanco, sí influye en el resultado, pues se contabiliza. En este caso, beneficia al partido que más votos obtenga y perjudica a los de menor respaldo, que por la Ley d’Hont deben alcanzar un mínimo porcentaje para llegar a un concejal.
- La abstención
La abstención es simplemente no ir a votar ni, lógicamente, introducir ningún voto. Al no haber voto, éste no se suma y no afecta a los resultados. Sobre el significado de la abstención, en este caso es mucho más difuso, pues no se sabe por qué la persona no ha ido: si es por indiferencia, descontento con el sistema electoral, enfermedad, etcétera.










